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por | May 11, 2021 | Año 2021, NOTICIAS ARCHIVO

GUIA PARA LA ELABORACIÓN DEL PROTOCOLO DE PREVENCIÓN

Del sector coral de Euskal Herria para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, en relación al DECRETO 23/2021, del 7 de mayo de 2021. 

1.- RESPONSABILIDAD

Toda la comunidad coral deberá adoptar las medidas necesarias para evitar la generación de riesgos de propagación de la enfermedad COVID-19, así como la propia exposición a dichos riesgos. Este deber de cautela y protección será igualmente exigible a las personas responsables de la actividad de carácter músico-vocal.

2.- PROTOCOLO PROPIO

Cada entidad coral ha de contar con un protocolo propio que regule el funcionamiento ordinario y las medidas adoptadas en su contexto específico, y este ha de ser visado por la autoridad competente para posibilitar la actividad del mismo. (La Confederación de Euskal Herria facilitará un formulario al efecto para dicha tramitación y será la encargada de la remisión de dichos protocolos y la posterior tramitación a la Dirección de Salud Pública y Adicciones del Gobierno Vasco).

Dicho protocolo ha de atender y contar como mínimo con información y medidas detalladas en relación a los siguientes puntos:

                             2.1.- Relación nominal (con DNI) de los participantes en la actividad coral y detalle de contacto de los responsables de la misma. Cláusula de cesión de contactos a terceros.

2.2.- Información relativa al espacio donde se desarrolla la actividad: información sobre la titularidad del recinto, dirección, m2 del mismo, aforo en relación al plan de seguridad, detalle de medios de ventilación del local…

3.- HORARIO

Ninguna actividad ni evento relacionado con el sector coral podrá finalizar más tarde de las 22:00 horas.

4.- DISTANCIA INTERPERSONAL Y ACCESOS

Se establece una medida interpersonal mínima de 1,5 metros con especial atención en toda la actividad que se desarrolle en recintos cerrados. La distribución de las personas en el espacio en el que se desarrolle la actividad ha de contar con medios que aseguren la trazabilidad y rastreo de los posibles contactos interpersonales que puedan acaecer independientemente del mantenimiento de la distancia mínima interpersonal anteriormente citada. Se recomienda asignar una colocación predeterminada de cada coralista.

Los flujos de entrada y salida, de las personas que tomen parte en la actividad coral al recinto donde ésta se desarrolle han de estar regulados y ordenados, evitando en todo momento el agrupamiento de personas y limitando al máximo los contactos. La actividad coral a excepción de los conciertos y/o recitales se desarrollará sin público y/o invitados.

Quedan prohibido cualquier tipo de movimiento o coreografía que suponga abandonar la colocación asignada.

5.- LAVADO DE MANOS

El lavado de manos con solución hidro-alcohólica o agua y jabón será prescriptivo al acceder al espacio en el que se desarrolle la actividad.

6.- VENTILACIÓN

Los espacios en los que se desarrolle la actividad coral han de contar con medios de ventilación preferiblemente natural y mantenida. La ventilación se refiere a la renovación de aire, es decir, sustitución del aire interior potencialmente contaminado, con aire exterior.

La renovación del aire se puede medir en relación a la cantidad de CO2 mediante sondas o aparatos específicos de medida. En el aire exterior, la concentración de CO2 es de aproximadamente 420 ppm. En interiores, en espacios ocupados, la concentración de CO2 aumenta debido al CO2 exhalado por los ocupantes. Dicha concentración se puede utilizar para calcular la renovación de aire en un espacio y condiciones dadas. Se considera que la ventilación es adecuada cuando el nivel de CO2 se mantiene por debajo de 700 ppm y 800ppm como umbral a no superar.

SE RECOMIENDA el uso de un medidor electrónico que debe seguir las recomendaciones del fabricante y debe contar con las siguientes características:

– Capacidad de proporcionar datos sin procesar descargables en archivo .txt, .xls, .csv o similar.

– Resolución temporal de al menos un dato por minuto.

– Pantalla que muestre los niveles de CO2 en tiempo real.

– Uso de tecnología NDIR (Non Dispersive Infrared).

7.- USO DE MASCARILLA

Con independencia de la distancia interpersonal el uso de la mascarilla será obligatorio y adecuado, debiendo cubrir la cara desde el tabique nasal hasta el mentón. El tipo de mascarilla a utilizar deberá acreditar homologación y bajo ningún concepto ha de contar con válvula exhalatoria.

Con autorización del Departamento de Salud podrá eximirse el uso de mascarilla por medio de la realización de pruebas diagnósticas previas o a la acreditación de la inmunidad adquirida de las personas participantes a través de un certificado médico motivado relativo al alta o a la vacunación previa.

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